martes, 29 de diciembre de 2015

29 de diciembre de 2015 / Sesión extraordinaria / Ordenanza 3739-15 / Unanimidad / Prohibición del uso de pirotecnia

Aprobamos por unanimidad hoy por la mañana, en la última sesión del año del Concejo Deliberante, la ordenanza que prohíbe el uso de la pirotecnia.

ARTICULO 1): PROHIBASE la comercialización, tenencia, uso, manipulación, depósito, circulación y transporte de elementos de pirotecnia.

Fue una iniciativa legislativa ciudadana que impulsamos y todo el cuerpo de concejales acompañó, y que merece que los ciudadanos la respeten y hagan respetar.

De esta manera los casarenses dimos una excelente muestra de solidaridad y convivencia, que redundará en una mejor calidad de vida en nuestra localidad.

Esta ordenanza es un importante punto de partida para que juntos podamos crear una cultura del no uso de la pirotecnia en Carlos Casares.

Comparto entrevista de SN, Casares On Line y Crónica Local. Muchas gracias a los medios por la difusión de esta iniciativa.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CARLOS CASARES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA 3739/15

ARTÍCULO 1º: Prohíbase la comercialización, tenencia, uso, manipulación, depósito,                ---------------------    circulación y transporte de elementos de pirotecnia.
ARTÍCULO 2º:   Entiéndase por pirotecnia la técnica de fabricación y utilización de materiales ---------------------- explosivos. Incluye cohetes, petardos, rompe portones, bombas de estruendo, cañas voladoras, luces de bengala, fuego de artificio y cualquier otro elemento similar de carácter pirotécnico que produzca combustión
ARTÍCULO 3º: Exceptúase de la prohibición el uso de fuegos artificiales en celebraciones de   -------------------- interés general, previa autorización municipal, según normativa del RENAR (Registro Nacional de Armas) los cuales deberán ser manipulados únicamente por personas capacitadas, especializadas y habilitadas por el órgano municipal de aplicación, y en áreas autorizadas que no perturben el orden ni ocasionen perjuicios a terceros
ARTICULO 4º:  El órgano municipal de aplicación deberá realizar campañas de información,   ---------------------  educación y difusión, referente a la importancia que reviste para la población la ecología, el medio ambiente, la salud de los niños y adolescentes, el cuidado de los animales domésticos y la convivencia social fundada en la solidaridad.
ARTICULO 5º: La autoridad de aplicación de la presente ordenanza será definida por la            --------------------  reglamentación de la presente.-
ARTICULO 6º:  Derógase  los Artículos 1º;  2º  y 12º  de la Ordenanza 2701/2000.-
ARTÍCULO 7:  Comuníquese  al   Departamento  Ejecutivo, a sus  efectos,  Regístrese  y           --------------------   Archívese.-

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