lunes, 21 de noviembre de 2016

Área de Políticas de Género Municipal / Proyecto de Ordenanza / Iniciativa ciudadana

Presentamos el mes pasado en el HCD el proyecto de ordenanza que propone la creación de un área de políticas de género y que surge de la iniciativa ciudadana de innumerables vecinos precupados por la violencia de género.
Las diferentes situaciones de violencia de género que han salido a la luz, tanto en nuestra localidad como en el resto del país, evidencian una problemática de muchos años y que ponen de manifiesto gravísimas situaciones. Por eso es necesario que impulsemos herramientas que tiendan a evitarlas y, llegado el caso, ayudar a contenerlas.

Las sociedades exigen al estado, y a sus representantes, que se hagan cargo de proteger institucional y jurídicamente determinados bienes colectivos: como el caso de LA NO VIOLENCIA DE GÉNERO Y EL RESPETO AL OTRO. La puesta en marcha de un área de género en el estado municipal, además de ser una herramienta de prevención e impulso sostenido y sistemático para evitar la VIOLENCIA DE GÉNERO, también representa un mensaje claro y contundente a todos los ciudadanos de que la comunidad toda no acepta ni tolera la violencia doméstica, de género, ni física ni psicológica.
Se trata de echar a andar un camino de concientización y cambio cultural. Sumate que podemos! 

PROYECTO DE ORDENANZA

Creación del área de Políticas de Género en la Municipalidad de Carlos Casares

Visto:

La necesidad de institucionalizar un espacio administrativo y político dentro del gobierno local que contemple las demandas, intereses y problemáticas de Género.

Y Considerando:

Que las desigualdades de géneros, y sus consecuentes problemáticas, es un fenómeno que causa una creciente preocupación en nuestro país.

Que dan cuenta de ello el multitudinario Paro Nacional de Mujeres realizado el pasado miércoles 19 de octubre de 2016; la masividad del 31° Encuentro Nacional de Mujeres que tuvo lugar en Rosario los días 8, 9 y 10 de octubre del corriente; y los altos niveles de convocatoria y organización que demuestran en cada oportunidad las marchas bajo la consigna #NiUnaMenos.

Que en todos los casos estas manifestaciones tienen como objetivo evidenciar las problemáticas estructurales de desigualdad de género, la violencia y puntualmente visibilizar las alarmantes cifras de femicidios que existen en Argentina, teniendo en cuenta que cada 30 horas muere una mujer por violencia machista.

Que la Violencia de Género representa un fenómeno complejo con diferentes categorías  y modalidades contempladas en la Ley Nacional N° 26.485 de “Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”, sancionada en el año 2009.

Que dicha Ley menciona como categorías la violencia física, psicológica, sexual, económica y patrimonial, simbólica. Y como modalidades la violencia doméstica, institucional, laboral, contra la libertad reproductiva, obstétrica y mediática.

¡Sumate vos también con tu foto!
Que la Ley Provincial N° 14.509  también conceptualiza la problemática y contempla las acciones judiciales correspondientes, considerando Violencia familiar  “toda acción, omisión, abuso, que afecte la vida, libertad, seguridad personal, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, de una persona en el ámbito del grupo familiar, aunque no configure delito”.

Que el Partido de Carlos Casares no está exento de este fenómeno que se visibiliza cotidianamente en los diversos ámbitos de convivencia ciudadana, llegando a ser escenario de casos de femicidios y de denuncias reiteradas sobre casos violencia de género -los cuales se enmarcan en las diferentes modalidades y categorías descriptas en la Ley Nacional N° 26.485- y que son dadas a conocer a través de medios de comunicación, ya que, por tratarse de delitos de ámbito privado, las instituciones intervinientes no pueden brindar información de dichas denuncias.

Que la “Comisaría de la Mujer y la Familia” de Carlos Casares cumple un rol esencial en relación al tema de la violencia de género, estando su función focalizada en la atención de las víctimas en el marco del delito.

Que si bien dicha dependencia lleva a cabo acciones de concientización social, trabajo en red con otras instituciones y contención de las víctimas, es necesario contar con un organismo puntual para la coordinación de políticas integrales y permanentes relacionadas con la cuestión de género.

Que es en el ámbito local donde transcurre la vida cotidiana de las mujeres; por lo tanto donde deben resolverse los problemas que les preocupan  y de los que son víctima a diario.

Que si bien la legislación nacional y provincial establece la igualdad entre varones y mujeres, se está muy lejos aún de resolver el conjunto de situaciones de discriminación que afectan a las mujeres.

Que en virtud de ello, es menester la creación de un área específica dentro de la estructura municipal referida a este tema, que cuente con un marco institucional adecuado en el mayor nivel de decisión posible, en pos de impulsar y coordinar políticas y programas con otros sectores de la administración, posibilitando a inclusión la cuestión de "Género”  en la Agenda pública Municipal, fortaleciendo la participación de las mismas y consolidándolas como sujetos plenos de la Democracia.


Por todo lo expuesto el Honorable Concejo Deliberante de Carlos Casares acuerda y sanciona la presente:

Ordenanza

Artículo 1°).- Créese en el ámbito de la Municipalidad de Carlos Casares el Área de Políticas de Género.

Artículo 2°).-Dispóngase que el Área Municipal de Políticas de Género tendrá los siguientes propósitos:

a)      Establecer procedimientos integrados para la gestión de las acciones dirigidas a la lucha contra la violencia de género.
b)      Elaborar estadísticas de carácter local para una mejor comprensión del fenómeno y  como base para la planificación de acciones y campañas de prevención y concientización social.
c)      Utilizar dichas estadísticas como base de análisis para el fenómeno de la violencia de género en el orden local y la generación de políticas del área.
d)      Promover actitudes acciones desde el entorno escolar y comunitario, mediante la organización de jornadas, charlas y otro tipo de acciones de divulgación.
e)      Potenciar la atención de las víctimas mediante el estudio, análisis y formulación de propuestas dirigidas a la prevención de la violencia de género, así como el seguimiento de su aplicación.
f)       Informar y articular con los programas, líneas de ayudas y campañas que guarden relación con la violencia de género.
g)      Coordinar políticas y acciones con otras instituciones, organismos y órganos que ejerzan funciones en esta materia y, en especial, con los existentes en las diferentes administraciones públicas.
h)      Servir lugar de encuentro, formación y de intercambio de opiniones en esta materia.
i)        Accionar sobre el campo simbólico sobre el cual se erigen las bases que originan las desigualdades de género, enfatizando en la dimensión cultural del fenómeno y la necesidad de cambios en ese sentido, creando espacios en medios de comunicación para tal fin y generando un calendario de fechas significativas para su visibilización.

Artículo 3°).- Desígnese una titular del área de Políticas de Género que deberá elaborar el Reglamento Interno de la cartera. Dicha titular deberá ser mujer y deberá contar con competencias y experiencia comprobable en relación de las temáticas de género.

Artículo 4°).- La designación de la persona en el cargo se hará por consenso a través de un Consejo integrado por los actuales integrantes de la Mesa contra la Violencia de Género sumados a un Concejal representante de cada bloque del Honorable Concejo Deliberante.

Artículo 5°).- El mandato de la titular del área tendrá una duración de 3 (tres) años que, una vez cumplido, podrá renovarse o no por decisión del Consejo.

Artículo 6°).- Créese la Partida denominada “Políticas de Género” en el Presupuesto Municipal, la cual será aprobada anualmente por el Honorable Concejo Deliberante, y deberá ajustarse a valores razonables que el área cuente con los recursos humanos y materiales necesarios para su funcionamiento, además de garantizar su autonomía.

Artículo 7°).- Dé forma.

PRENSA:

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