sábado, 15 de agosto de 2015

13 de agosto / Sesión ordinaria nro. 9 / Resolución unánime / Salud sexual y procreación responsable

Foto: Juan Pablo Dinse
En la sesión del jueves 13/8 del HCD aprobamos por unanimidad el proyecto que impulsa la ley nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable. El mismo contó con el apoyo de las autoridades de nuestro Hospital Municipal y del CIC. Valoramos especialmente el apoyo y la gran tarea que vienen llevando adelante en este tema la ANSES local y el Programa de Médicos Comunitarios.



PROYECTO DE RESOLUCIÓN
SALUD SEXUAL Y PROCREACIÓN RESPONSABLE

VISTO:
Que en el año 2002 fue sancionada la Ley 25673 que crea el PROGRAMA NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y PROCREACIÓN RESPONSABLE.
Que en el año 2003 fue reglamentada la ley 25673 en cuyo artículo 1 establece que el MINISTERIO DE SALUD será la autoridad de aplicación.
Que, conforme difunde el MINISTERIO DE SALUD, el Programa tiene como propósito promover la igualdad de derechos, la equidad y la justicia social así como contribuir a mejorar la estructura de oportunidades, en el campo de la salud sexual (…) Y, por consiguiente: es necesario extender las conquistas en materia de derechos sexuales y reproductivos a todos los sectores sociales que habitan las diferentes regiones, territorios y barrios. Estos derechos en nuestra vida cotidiana implican: acceder a información basada en el conocimiento científico,  acceder a atención de calidad con buen trato y continuidad, acceder  gratis a métodos anticonceptivos y preservativos. Para esto también es necesario generar las condiciones para el ejercicio de estos derechos.
Que, según estadísticas del MINISTERIO DE SALUD (y difundidos por las ONG dedicadas al tema), en nuestro país desde el año 2001 el número de embarazos adolescentes aumentó y actualmente representa el 16% del total de embarazos, llegando en algunas regiones al 25% del total de embarazos.
Que el 69% de los embarazos entre mujeres adolescentes son embarazos no planificados.
Que el 65% de las mujeres adolescentes embarazadas no tuvo a su alcance el uso de métodos anticonceptivos.
Que la maternidad y paternidad en la adolescencia es más frecuente entre los y las jóvenes de sectores más pobres y con menor nivel educativo.
Que solo el 25% de las mujeres adolescentes que son madres asisten a la escuela (primaria o secundaria) y que solo el 4 de cada 10 adolescentes que quedan embarazadas continúan con el ciclo lectivo.
CONSIDERANDO:
Que, en la ciudad y localidades de nuestro partido de Carlos Casares, esta es una problemática verificable y que exige del compromiso de todas las áreas de aplicación, en especial las áreas de SALUD y de atención diarias que intervienen en diferentes problemáticas sociales.
Que, conforme lo establece el artículo 2 de la ley 25673, es necesario cumplir en nuestra localidad con los siguientes objetivos tendientes a mejorar el acceso a los servicios de salud sexual:
a)    Alcanzar para la población el nivel más elevado de salud sexual y procreación responsable con el fin de que pueda adoptar decisiones libres de discriminación, coacciones o violencia;
b)    Disminuir la morbimortalidad materno-infantil;
c)    Prevenir embarazos no deseados;
d)    Promover la salud sexual de los adolescentes;
e)    Contribuir a la prevención y detección precoz de enfermedades de transmisión sexual, de vih/sida y patologías genital y mamarias;
f)     Garantizar a toda la población el acceso a la información, orientación, métodos y prestaciones de servicios referidos a la salud sexual y procreación responsable;
g)    Potenciar la participación femenina en la toma de decisiones relativas a su salud sexual y procreación responsable.

Que, a tales efectos, el MINISTERIO DE SALUD dispone de diferentes herramientas de difusión (materiales gráficos y audiovisuales, guías y cuadernillos), agentes de salud y educadores y distribución gratuita en los centros de salud (hospitales, salas de asistencia primaria, etc.) de anticonceptivos.
Que es necesario desarrollar y profundizar en el ámbito de nuestra localidad el PROGRAMA DE SALUD SEXUAL Y PROCREACIÓN RESPONSABLE del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN extendiéndolo a todos los ámbitos posibles en nuestra comunidad y convocando y promoviendo al compromiso y participación de todos los ciudadanos.
Por lo expuesto, el Bloque de concejales del Frente para la Victoria – Partido Justicialista pone a consideración del HCD el siguiente:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN:
ARTICULO 1°: Declarar de interés municipal y adherir en todos sus términos al PROGRAMA DE SALUD SEXUAL Y PROCREACIÓN RESPONSABLE DE LA NACIÓN.
ARTICULO 2°: Solicitar a las áreas municipales de SALUD y ACCIÓN SOCIAL a llevar adelante un relevamiento informativo para determinar los niveles estadísticos actuales del embarazo adolescentes en todo el partido de Carlos Casares. A esos efectos convocar a Dirección del Centro Integrador Comunitario (C.I.C.), al Servicio Local de Protección y Promoción de los Derechos del Niño, a organizaciones o entidades comunitarias, instituciones escolares de todos los niveles, instituciones religiosas, organizaciones sociales y barriales.
ARTICULO 3°: Promover las publicaciones y campañas impulsadas por el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN,  a los efectos de dar a conocer y educar respecto de los derechos consagrados por la ley 25673.
ARTICULO 4°: Asegurar la distribución efectiva en todos los niveles y sectores de nuestra comunidad de los insumos de salud sexual y reproductiva que distribuye gratuitamente el PROGRAMA DE SALUD SEXUAL Y PROCREACIÓN RESPONSABLE DE LA NACIÓN actualmente, consistentes en preservativos, anticonceptivos hormonales inyectables, hormonales para lactancia, hormonales combinados, y anticonceptivos hormonales de emergencia; dispositivos intrauterinos (DIU) y cajas de instrumental para su colocación; como así también la asistencia técnica y apoyo de los centros de salud de nuestra localidad para su implementación.
ARTICULO 5°: Proponer a la MESA INTERSECTORIAL que lleve adelante un seguimiento respecto de la aplicación integral del PROGRAMA DE SALUD SEXUAL Y PROCREACIÓN RESPONSABLE DE LA NACIÓN, e informe periódicamente a este HCD sobre la marcha del mismo.
ARTICULO 6°: Notificar al MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN y todas las áreas y sectores de nuestra comunidad enunciadas en la presente resolución y a todos los organismos de aplicación correspondientes.-
ARTICULO 7°: De forma.-

Sergio Carciofi
Concejal FPV-PJ

HCD Carlos Casares

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