PROYECTO
DE RESOLUCIÓN
SALUD
SEXUAL Y PROCREACIÓN RESPONSABLE
VISTO:
Que en el año 2002 fue
sancionada la Ley 25673 que crea el PROGRAMA NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y
PROCREACIÓN RESPONSABLE.
Que en el año 2003 fue
reglamentada la ley 25673 en cuyo artículo 1 establece que el MINISTERIO DE
SALUD será la autoridad de aplicación.
Que, conforme difunde el
MINISTERIO DE SALUD, el Programa tiene
como propósito promover la igualdad de derechos, la equidad y la justicia
social así como contribuir a mejorar la estructura de oportunidades, en el
campo de la salud sexual (…) Y, por consiguiente: es necesario extender las conquistas en
materia de derechos sexuales y reproductivos a todos los sectores sociales que
habitan las diferentes regiones, territorios y barrios. Estos derechos en
nuestra vida cotidiana implican: acceder a información basada en el
conocimiento científico, acceder a
atención de calidad con buen trato y continuidad, acceder gratis a métodos anticonceptivos y
preservativos. Para esto también es necesario generar las condiciones para el
ejercicio de estos derechos.
Que, según estadísticas del
MINISTERIO DE SALUD (y difundidos por las ONG dedicadas al tema), en nuestro
país desde el año 2001 el número de embarazos adolescentes aumentó y
actualmente representa el 16% del total de embarazos, llegando en algunas
regiones al 25% del total de embarazos.
Que el 69% de los embarazos
entre mujeres adolescentes son embarazos no planificados.
Que el 65% de las mujeres
adolescentes embarazadas no tuvo a su alcance el uso de métodos
anticonceptivos.
Que la maternidad y
paternidad en la adolescencia es más frecuente entre los y las jóvenes de
sectores más pobres y con menor nivel educativo.
Que solo el 25% de las
mujeres adolescentes que son madres asisten a la escuela (primaria o
secundaria) y que solo el 4 de cada 10 adolescentes que quedan embarazadas continúan
con el ciclo lectivo.
CONSIDERANDO:
Que, en la ciudad y
localidades de nuestro partido de Carlos Casares, esta es una problemática
verificable y que exige del compromiso de todas las áreas de aplicación, en
especial las áreas de SALUD y de atención diarias que intervienen en diferentes
problemáticas sociales.
Que, conforme lo establece
el artículo 2 de la ley 25673, es necesario cumplir en nuestra localidad con
los siguientes objetivos tendientes a mejorar el acceso a los servicios de
salud sexual:
a)
Alcanzar
para la población el nivel más elevado de salud sexual y procreación
responsable con el fin de que pueda adoptar decisiones libres de discriminación,
coacciones o violencia;
b)
Disminuir
la morbimortalidad materno-infantil;
c)
Prevenir
embarazos no deseados;
d)
Promover
la salud sexual de los adolescentes;
e)
Contribuir
a la prevención y detección precoz de enfermedades de transmisión sexual, de
vih/sida y patologías genital y mamarias;
f)
Garantizar
a toda la población el acceso a la información, orientación, métodos y
prestaciones de servicios referidos a la salud sexual y procreación
responsable;
g)
Potenciar
la participación femenina en la toma de decisiones relativas a su salud sexual
y procreación responsable.
Que, a tales efectos, el
MINISTERIO DE SALUD dispone de diferentes herramientas de difusión (materiales
gráficos y audiovisuales, guías y cuadernillos), agentes de salud y educadores
y distribución gratuita en los centros de salud (hospitales, salas de
asistencia primaria, etc.) de anticonceptivos.
Que es necesario desarrollar
y profundizar en el ámbito de nuestra localidad el PROGRAMA DE SALUD SEXUAL Y
PROCREACIÓN RESPONSABLE del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN extendiéndolo a
todos los ámbitos posibles en nuestra comunidad y convocando y promoviendo al
compromiso y participación de todos los ciudadanos.
Por lo expuesto, el Bloque
de concejales del Frente para la Victoria – Partido Justicialista pone a
consideración del HCD el siguiente:
PROYECTO
DE RESOLUCIÓN:
ARTICULO
1°: Declarar de interés municipal y adherir en todos sus
términos al PROGRAMA DE SALUD SEXUAL Y PROCREACIÓN RESPONSABLE DE LA NACIÓN.
ARTICULO
2°: Solicitar a las áreas municipales de SALUD y ACCIÓN
SOCIAL a llevar adelante un relevamiento informativo para determinar los
niveles estadísticos actuales del embarazo adolescentes en todo el partido de
Carlos Casares. A esos efectos convocar a Dirección del Centro Integrador Comunitario
(C.I.C.), al Servicio Local de Protección y Promoción de los Derechos del Niño,
a organizaciones o entidades comunitarias, instituciones escolares de todos los
niveles, instituciones religiosas, organizaciones sociales y barriales.
ARTICULO
3°: Promover las publicaciones y campañas impulsadas por el
MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN, a los
efectos de dar a conocer y educar respecto de los derechos consagrados por la
ley 25673.
ARTICULO
4°: Asegurar la distribución efectiva en todos los niveles
y sectores de nuestra comunidad de los insumos de salud sexual y reproductiva
que distribuye gratuitamente el PROGRAMA DE SALUD SEXUAL Y PROCREACIÓN
RESPONSABLE DE LA NACIÓN actualmente, consistentes en preservativos,
anticonceptivos hormonales inyectables, hormonales para lactancia, hormonales
combinados, y anticonceptivos hormonales de emergencia; dispositivos
intrauterinos (DIU) y cajas de instrumental para su colocación; como así
también la asistencia técnica y apoyo de los centros de salud de nuestra localidad
para su implementación.
ARTICULO
5°: Proponer a la MESA INTERSECTORIAL que lleve adelante un
seguimiento respecto de la aplicación integral del PROGRAMA DE SALUD SEXUAL Y
PROCREACIÓN RESPONSABLE DE LA NACIÓN, e informe periódicamente a este HCD sobre
la marcha del mismo.
ARTICULO
6°: Notificar al MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN y todas
las áreas y sectores de nuestra comunidad enunciadas en la presente resolución
y a todos los organismos de aplicación correspondientes.-
ARTICULO
7°: De forma.-
Sergio Carciofi
Concejal FPV-PJ
HCD Carlos Casares
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