sábado, 30 de mayo de 2015

24 de abril de 2014 / Sesión Ordinaria Nro. 2 / Ordenanza / Seguridad Emergencia / Creación del Foro Social, Cultural y Educativo

En el marco de la emergencia en seguridad declarada por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, el HCD por mayoría creó el Foro Social, Cultural y Educativo. A continuación el informe en el recinto y el proyecto de ordenanza:

Muchas Gracias Sra. Presidente.
En el fondo todos estamos de acuerdo con la cuestión de la seguridad, aunque no nos pongamos de acuerdo en los textos. La vez anterior, cuando se discutió sobre la cuestión y se aprobó un Proyecto de Resolución sobre la modificación del Código Penal, justamente unificamos todo el cuerpo deliberativo en conjunto en la idea de dar respuestas concretas y de asumir la responsabilidad como representantes que somos ante la sociedad.
Pero, vuelvo a lo mismo, hay que ser preciso, tenemos que ser concretos y asumir cada uno la responsabilidad que le toca y le compete en cada caso. A los Legisladores, legislar; a la Policía ejercer su poder de policía; a los representantes del ejecutivo, ejecutar las políticas que se definen; a aquellos vecinos que ven un hecho delictivo, denunciarlo; al fiscal que toma la denuncia, instruir la causa; al Juez hacer en el ejercicio de subsunción entre el hecho y la norma y sentenciar. Cada uno tiene una responsabilidad. Hay una cadena de responsabilidades y además hay una necesidad clara y concreta de buscar y obtener un resultado.
Es imposible llegar a un resultado satisfactorio por el tema de seguridad si cada uno no asume concretamente, de manera precisa, la responsabilidad que le compete. Nosotros somos legisladores. Lo decía recién la Sra. Presidente: “nuestra función es legislar, no opinar, no comentar que pasa en las calles” La gente sabe qué pasa en las calles, el pueblo sabe, los ciudadanos saben que pasa en la calle y nadie más sabe mejor qué pasa con la inseguridad que la persona que sufre el delito.
Tenemos que saber diferenciar qué es un hecho Policial, ¿para qué? Para saber cómo encarar la política de seguridad, porque la política de seguridad están orientadas a atender hechos delictivos, y para no caer en la falacia naturalista que pretende ir desde el “deber ser” a lo “que es”. Es una falacia muy común que inclusive hasta el mismo sistema jurídico ha planteado como un sistema de normas que prevé la posibilidad de eventuales hechos que no son hechos que la sociedad quieren que suceda para que no sucedan. Pero la cuestión es volver a los hechos que aun así suceden todos los días. Hagamos al revés: veamos cuales son los hechos (porque las sociedades cambian) y digamos después cual es el “deber ser”. Rompamos con la falacia naturalista y adecuemos el derecho a la vida misma. Esta es una cuestión puntual. Después tenemos a la cuestión de la inseguridad en general, que tiene que ver con la situación social, económica, cultural. Y acá nace otro tipo de responsabilidad que es atender la prevención de posibles hechos delictivos.
El sistema jurídico atiende hechos ocurridos, la prevención atiende la posibilidad de que no sucedan determinados hechos no deseados por la comunidad. ¿Por qué? Porque generalmente sucede también que muchísimos de los hechos delictivos provienen de aquellas situaciones de exclusión, y esto es algo que no lo hemos visto en los proyectos presentados por la bancada opositora.
En cuanto al proyecto de ordenanza presentado por el bloque opositor: “declárese la emergencia pública municipal sobre la seguridad ciudadana en el ejido municipal de Carlos Casares”, ya está declarada por el gobierno de la provincia de Buenos Aires, la cual nos incluyen porque es sobre todo el territorio de la provincia y por doce meses, y también viene a cumplir con una serie de normas que facultan y ubican a cada uno en la responsabilidad que le toca.
La Constitución de la Provincia de Buenos Aires asigna la responsabilidad por la seguridad al gobierno de la provincia. La provincia de Buenos Aires a su vez, en función de sus facultades y en función de la ley 12.154 -que es el Sistema Provincial de Seguridad Publica-, decreta esta emergencia. Y decreta esta emergencia atendiendo dos situaciones puntuales que no estaban consideradas en el proyecto de ordenanza presentado por la oposición: uno es la situación de inseguridad general que atiende estas nuevas maneras delictuales de las problemáticas que ya todos conocemos y, otra en forma enfática y clara, que es necesaria la ejecución de programas tendientes a lograr mayor inclusión social. Además solicita y pide, a través de una convocatoria del Consejo Provincial de Seguridad, que se incluya al Foro de Seguridad que funciona conforme a la ley 12.154, si mal no recuerdo en el artículo 7º. En nuestro ciudad acordamos aquí por unanimidad en el proyecto resolución sobre la reforma del Código Penal que todas las sugerencias, acciones, recomendaciones, instancias, propuestas en relación a la cuestión de seguridad, iban a ser canalizadas en el Foro de Seguridad, el cual, entre otras cosas, también lo integran muchísimos sectores de nuestra comunidad, incluyendo este Concejo. En esa inteligencia, la idea de nuestro despacho en debate es justamente tratar de equilibrar esta situación atendiendo la cuestión de la prevención.
Proponemos la creación de un Foro de Inclusión Social, Cultural y Educativa del mismo tenor y con las mismas funciones que el Foro de Seguridad. Para ampliar la participación invitando a todos los sectores: concejales, consejeros escolares, centros comunitarios, intendente, religiosos y demás. Señores, tenemos un problema de seguridad. Para resolver los hechos policiales está el Fiscal, pero tenemos también que resolver las cuestiones de prevención relacionadas con la inclusión. La educación, la cultura son las verdaderas herramientas idóneas y efectivas de inclusión. Este Foro de Inclusión Social, Cultural y Educativa viene a darle forma a la Mesa Intersectorial, que ya está funcionando, para que continúe en la emergencia empujando esta cuestión. Me parece que es una muy buena posibilidad que le estamos dando al Ejecutivo para que potencie el funcionamiento del Foro de Seguirdad conjuntamente con un Foro de Inclusión Social, Cultural y Educativa. Estamos convocando a este Foro de Inclusión Social, Cultural y Educativa a la gente que sabe de educación, a la gente que sabe de cultura, a la gente que sabe de problemas sociales como por ejemplo el C.I.C, los que conviven todos los días con la problemática social. De esa manera vamos a estar ampliando y unificando criterios con este tipo de cuestiones.
Las políticas de seguridad, además de atender los hechos policiales, tiene que tener una atención clara y concreta sobre las responsabilidades que les compete a un policía, a un fiscal o a un juez. También es una cuestión de la seguridad de las personas saber exactamente cuáles son las formas de actuar ante un delito. Yo leo y releo el proyecto de la oposición y creo que podríamos incluir muchísimas cosas más relacionadas con esto. Pero el tema es que ya están incluidas en la emergencia declarada por la provincia y, en muchos casos, hasta se contradicen por ejemplo en el centro de recepción de denuncias, porque hay lugares donde se reciben las denuncias, la policía tiene esa facultad, el fiscal tiene esa facultad. Necesitamos que cada uno ejerza la responsabilidad que le toca. Está bien buscar alternativas para avanzar con ese tipo de cuestiones, pero mejor es que se asuman las responsabilidades. Muchas veces nosotros ante las auténticas ganas querer solucionar este tema y de ayudar con esta cuestión, redactamos un texto que a su vez puede hasta contradecir la situación generando hasta diría una inseguridad en la actuación de cada uno de los integrantes. Por ejemplo una ley confusa, ambigua, contradictoria, o de difícil interpretación que contradice hasta el mismo espíritu de la ley atenta, además, contra la Constitución, el mismo artículo 19º cuando dice que nadie puede ser privado de lo que la ley no prohíbe, que es un límite en concreto que exige leyes claras, para saber qué está permitido, qué está prohibido. Si no, estamos alterando la inteligencia de una norma constitucional. Es muy importante tener en cuenta la redacción, no puntualmente la redacción del punto de vista gramático o sintáctico, sino del punto de vista de la normatividad y de la posible ejecutoriedad de esto temas, que son justamente complicados. Creo que sí es válido un sistema de normas que sea coherente, que sea completo, que sea independiente, y que no tenga lagunas, que no tenga contradicciones, que no tenga ambigüedades, porque es justamente por esto es que hoy todo el mundo crítica y habla y dice que un delincuente entra por una puerta y sale por la otra. Es justamente porque en las normas hay lagunas, hay contradicciones, hay ambigüedades. Evitemos eso, el trabajo en comisión está para eso. La idea es justamente coordinar, articular una normativa que sea aplicable a la realidad a los hechos policiales de la comunidad casarense y de comunidades parecidas a la nuestra por su dimensión. Porque estos hechos son absolutamente doloroso, muchos hemos sido víctimas y los hemos sufrido, la idea es  buscar de atacarlos para que no ocurran.  
El espíritu de nuestro Despacho viene y atiende estas circunstancias, y esto lo quiero dejar bien en claro: la responsabilidad por la seguridad ciudadana es de los representantes, en todos sus niveles, otorgada por el Estado, sean gobernadores, diputados, concejales, intendentes, fiscales, jueces y del Foro de Seguridad y de los ciudadanos. Todos tenemos que concientizar y trabajar en ese sentído. Nosotros tenemos que legislar y darle las herramientas al Ejecutivo y a los organismos de aplicación para que claramente y de manera concreta actúen. Eso es lo que dice nuestro Despacho.
En una segunda parte, que para nuestro Bloque es muy importante porque está en nuestras convicciones, es que una cosa es atender el hecho policial y otra cosa es prevenir el hecho policial. Sola-mente se puede prevenir el hecho policial con inclusión social, con educación y con cultura. Con más inclusión, más cultura, más educación. Y si teniendo los organismos, no funcionan, bueno unifiquémoslos, sentémonos conjuntamente con los que saben de seguridad y pongámonos a trabajar. Intentémoslo, esto es lo que concretamente está diciendo nuestro Despacho al crear Foro de Inclusión Social, Cultural y Educativo y a eso vamos. Y vuelvo a insistir: este es un tema en el cual nosotros tenemos que ser muy precisos, más allá de las urgencias a las cuales adherimos y a las que queremos contribuir en una solución.
Muchas Gracias por el tiempo.
Sergio Carciofi, concejal FPV-PJ


El Despacho es aprobado por Mayoría, es Ordenanza la Creación del Foro de Inclusión Social, Cultural y Educativo, con el siguiente texto:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CARLOS CASARES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: En cumplimiento con lo establecido por declaración de emergencia ---------------------- en materia de seguridad pública en la provincia de Buenos Aires; convocar a los Integrantes del Foro de Seguridad Municipal y al Señor Intendente Municipal de Carlos Casares a integrar el Consejo Provincial de Seguridad en un todo de acuerdo a lo establecido por el artículo 7 y concordantes del DECRETO 220/14.-

ARTICULO 2º: Encomendar a las Autoridades del Ejecutivo Municipal por el pla- ---------------------- zo que se extienda la emergencia en seguridad declarada, y en un todo de acuerdo a la facultad delegada a los Municipios por el Gobierno de la Pro-vincia de Buenos Aires, en el artículo 8 del DECRETO 220/14, a que lleve adelante, por intermedios de los Organismos Municipales correspondientes a saber: Dirección de Inspección General y Guardia Urbana, las acciones necesarias a los efectos de garantizar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 14 inciso g.3.2, Anexo III, del Decreto 532/09 – reglamentario de la Ley Nro 13927, es decir que “las motocicletas no deben transportar más de UN (1) acompañante, el cual debe ubicarse siempre detrás del conductor, ni carga superior a los CIEN KILOGRAMOS (100 kg)”, fijando, además, horarios y zonas de circulación permitidos, los cuales en ningún caso podrán restringir y/o limitar los horarios escolares ni laborales.

ARTÍCULO 3º: Créase, por el plazo que se extienda la emergencia en seguridad     ----------------------  declarada, el FORO MUNICIPAL DE INCLUSIÓN SOCIAL, CULTURAL Y EDUCATIVA, el cual estará integrado por:

        a) las siguientes áreas municipales: Subsecretaria de Desarrollo Social, Dirección de Cultura, Dirección del Centro Integrador Comunitario (C.I.C.) y Servicio Local de Protección y Promoción de los Derechos del Niño;
        b) miembros del Honorable Concejo Deliberante conforme los criterios de proporcionalidad en la representación partidaria;
        c) miembros del Concejo Escolar conforme los criterios de proporcionalidad en la representación partidaria;
       d) representantes de organizaciones o entidades comunitarias y sectoriales de carácter municipal;
        e) representantes de instituciones escolares de todos los niveles, reconocidas por el Ministerio de Educación de la provincia y/o nación;
        f) representantes de instituciones religiosas;

Tendrá como función coordinar conjuntamente con el FORO MUNICIPAL DE SE-GURIDAD las acciones de inclusión social, cultural y educativa, composición veci-nal, protección integral de los niños, niñas y adolescentes, estableciendo canales de participación comunitaria a tal efecto, que se establezcan a través de las autoridades provinciales conforme lo establece el Artículo 10 del DECRETO 220/14, como así también todas aquellas tareas que contribuyan a la participación activa, permitan una mejor comunicación y una multiplicidad de ideas que pueden convertirse en proyec-tos viables de ser concretados, canalizando a través de este organismo todo tipo de propuestas tendientes al cumplimiento de su objeto.
En todos los casos las convocatorias del FORO MUNICIPAL DE INCLUSIÓN SO-CIAL, CULTURAL Y EDUCATIVA, deberán publicitarse adecuadamente y sesio-narán con los presentes, no existiendo quórum mínimo. Se organizará y funcionará según criterios de flexibilidad y operatividad.

ARTICULO 4º: De forma.


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