domingo, 29 de marzo de 2015

8 de mayo de 2014 / Sesión Ordinaria Nro. 3 / Unanimidad / Régimen de Promoción de las Artes / Ordenanza

Mecenas presentando las artes liberales
al emperador Augusto (1745)
Giovanni Battista Tiepolo
Este es un proyecto que tiene por finalidad tratar de darle los  artistas locales financiamiento y apoyo para llevar adelante sus actividades de producción.
El proyecto apunta básicamente a destinar un fondo para financiar proyectos artísticos, a través de lo que se destine en el presupuesto anual y, por otro lado, lo que se incorporé en el régimen de mecenazgo. Esto es los aportes de personas que tienen el interés de apoyar, promover y potenciar las producciones artísticas.
Quiero hacer algunas consideraciones con relación al régimen de mecenazgo.
En el artículo 2º del proyecto de ordenanza se considera el mecenazgo a los actos de personas físicas o jurídicas consistentes en la dación, sin cargo alguno, de dinero u otros recursos con actividades de patrocinio, estímulo, sustento y promoción de actividades culturales enmarcadas en el presente régimen. El mecenazgo no es un tema actual ni se nos ocurrió ahora, sino que tiene muchísimos años. Nace de un colaborador muy cercano al emperador romano Augusto, llamado Mecenas. Este señor se ocupaba de financiar y apoyar emprendimientos artísticos. Podemos recordar, por ejemplo, escritores de esa época como Virgilio, autor de “La Eneida”, que fue financiada por Mecenas. Luego, con el correr del tiempo todas estas actividades las hicieron privados y también los estados. Se fueron llevando adelante muchos apoyos de este tipo. En la edad media la iglesia promovió muchísimo el mecenazgo. En el Renacimiento, los estados nacionales apoyaron a sus artistas con un régimen de mecenazgo. Algunos ejemplos históricos muestran la necesidad de pertenecer a la obra y muchos dirigentes o líderes políticos y estadistas han tenido un gran afecto por la producción de artistas. También para justificar y explicar sus proyectos políticos. Hay un caso particular al que me gustaría nombrar porque fue emblemático y pone en extremo esta idea del mecenazgo. Richard Wagner fue financiado por Luis II de Baviera,  alguien muy comprometido con su proyecto artístico. Probablemente Wagner no haya podido llevar adelante su obra sin el apoyo de Luis II. Aunque Wagner decía que necesitaban que lo apoyen “porque yo soy diferente, mis nervios son muy sensibles, necesito belleza, esplendor, luminosidad, el mundo me debe lo que necesito yo que ofrezco al mundo, a miles de seres, tanto deleite”. La expresión extrema y egocéntrica del artista que trata de trascender en ese sentido. Es muy interesante también pensar que el arte en sí es expresión completa y acabada de la trascendencia de muchos. Acá estamos llevando adelante esta tarea pensando que hacemos algo importante de nuestras vidas. Pero nada trasciende más que un artista y nada trasciende más que una obra de arte. No trascienden los políticos, no trascienden los empresarios. Los procesos históricos se terminan, los sistemas económicos se terminan, pero el arte trasciende y además continúa ejecutándose en el tiempo. Prueba de esto es una gran película documental que hizo Herzog sobre las “Cuevas de los Sueños Olvidados”, donde se descubrieron en 1994 pinturas de hace 30.000 años, intactas. Pienso que esos hombres que lo pintaron jamás hubiesen pensado que 30.000 años después podían hacernos llegar y comunicar como vivían en su momento.
La trascendencia del arte también es posible con el apoyo y el financiamiento. Hoy es muy difícil. Pienso en todos los artistas que han quedado en el camino. En Carlos Casares tenemos particularmente una expansión importante de músicos, pintores, escultores. También hay muchos proyectos particulares, municipales y empresariales que los potencian. Pero creo que darle la posibilidad de tener un régimen de promoción anual, que se pueda elegir todos los años dos o tres obras representativas de Carlos Casares producidas por los artistas locales que hacen el esfuerzo, es también una buena posibilidad de poder darnos a nosotros y a todos los ciudadanos de obtener algo tan grande, tan grande que pueda llegar a trascendernos mucho más allá de lo que la misma Ciudad nos trasciende. Este es el espíritu, la idea de este proyecto de ordenanza. Tiene algunas consideraciones generales para impulsar el fomento, el desarrollo, difusión y promoción de las actividades artísticas y culturales. Tiene como anexo una solicitud sencilla, concreta de este fondo para que no tengan demasiadas exigencias burocráticas. Y también, una vez producido, se propone que puedan ser mostradas las producciones gratuitamente en diferentes lugares de nuestra ciudad. Queda en consideración, espero que sea acompañado. Muchas Gracias.


Concejal Sergio Carciofi, sesión ordinaria del 8 de Mayo de 2014

ORDENANZA

VISTO:

Que uno de los principales impedimentos para la concreción de cualquier proyecto artístico y cultural es la imposibilidad de contar con el financiamiento económico adecuado, especialmente en los emprendimientos que se pretenden llevar a cabo por artistas particulares por fuera del circuito estatal o no subsidiado directamente por el estado.
Que otras veces la imposibilidad de reunir los incontables requisitos pretendidos para conseguir los recursos necesarios hacen que valiosos proyectos artísticos y culturales se vean prematuramente frustrados.
Que para dar respuesta a esta carencia va orientado el presente proyecto de ordenanza que crea el RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DE LAS ARTES, destinado a financiar proyectos artísticos, incluyendo la figura de mecenazgo.

y CONSIDERANDO:

Que en el Derecho Internacional la cultura es un derecho humano fundamental y una obligación de los gobiernos propiciar condiciones para su desarrollo y florecimiento.
Que el artículo XIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y el artículo 27 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establecen que “Toda persona tiene derecho de participar en la vida cultural de la comunidad, gozar de las artes […]”.
Que establecer, entonces, la cultura como responsabilidad del Estado y como fuerza política de construcción social implica la visión y concepción de un proyecto de país, región y/o ciudad fundamentado en el reconocimiento del arte y la cultura como eje transversal del desarrollo y de las políticas sociales del Estado.
Que es necesario promover propuestas que busquen acercar a todos los artistas locales (músicos, escritores, pintores, escultores, bailarines, etc.) quienes mediante la presentación de un formulario y mínimos requisitos, que serán evaluados por una Comisión convocada a tal fin, estén en condiciones de recibir un importante subsidio para la realización de su obra.
Con base en lo anterior se pone a consideración del HCD el siguiente proyecto de Ordenanza con visión de Municipio a largo plazo que busca articular un proyecto de desarrollo artístico y cultural que sea el sustento de nuestra identidad y motivo de orgullo regional.

ORDENANZA

Artículo 1º.- Créase el RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DE LAS ARTES DE CARLOS CASARES, el que estará destinado a fomentar, estimular, desarrollar y premiar las actividades artísticas locales, así como su difusión en la región, en la Provincia y la Nación a través de un subsidio anual, cuyo monto será determinado, e integrado su aporte, anualmente por la Secretaría de Gobierno en el presupuesto anual.

Artículo 2°.- A los fines de la presente ordenanza, se considera mecenazgo a los actos de personas físicas o jurídicas consistentes en la dación sin cargo alguno de dinero u otros recursos para actividades de patrocinio, estímulo, sustento, y/o promoción de actividades culturales enmarcadas en el presente El RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DE LAS ARTES DE CARLOS CASARES.

Artículo 3°.- Las personas físicas o jurídicas, que no sean deudoras del fisco municipal, podrán destinar fondos o recursos durante el año para integrar el subsidio anual del RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DE LAS ARTES DE CARLOS CASARES; el cual se computarán como pago a cuenta de las tasas municipales que le correspondiera abonar, hasta un límite del 25% de los montos exigibles dentro del año fiscal. La Secretaria de Hacienda Municipal extenderá un certificado que acredite la dación sin cargo con destino al presente régimen.

Artículo 4°.- El RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DE LAS ARTES DE CARLOS CASARES será otorgado por una comisión integrada por un Consejo de Promoción de las Artes quienes tendrán a su cargo la evaluación de los proyectos presentados y el otorgamiento final del beneficio.

Artículo 5º.- El Consejo de Promoción de las Artes estará integrado por un presidente designado por el Departamento Ejecutivo Municipal, un miembro de la Dirección de Cultura Municipal, un miembro designado por el Honorable Concejo Deliberante perteneciente a la Comisión de Educación y Cultura y una terna designada por reconocidos artistas, locales o no, pertenecientes a algunas de las siguientes disciplinas: plástica, música, danza, teatro, literatura, artesanías y audiovisuales.

Artículo 6º.- Los artistas interesados deberán completar y presentar el formulario que como Anexo I se adjunta a la presente Ordenanza.

Artículo 5º.- De acuerdo a la envergadura de los proyectos presentados y a la calidad de los mismos, el financiamiento y apoyo económico puede otorgarse en su totalidad o dividirse entre dos o más participantes a total criterio de Consejo de Promociónde las Artes lográndose la financiación parcial o total de los mismos.

Artículo 6º.- Los proyectos seleccionados y beneficiados por el presente régimen deberán realizarse en el término de un año, contado desde la fecha de cobro del subsidio y cada artista beneficiario deberá realizar muestras y presentaciones de sus trabajos, de forma gratuita, en al menos tres lugares del circuito artístico municipal y en al menos tres localidades del interior del partido.-

Artículo 7º.- De forma.

CONDICIONES GENERALES

Esta convocatoria busca impulsar el fomento, desarrollo, difusión y promoción de las actividades artísticas y culturales de la ciudad, así como contribuir económicamente, a través de premios y subsidios, con la realización artística de sus hacedores. En este sentido serán especialmente considerados aquellos proyectos con mayor potencial multiplicador, capaces de hacerse extensivo a un gran sector de la población.
En un anexo aparte se detalla el formulario a completar y algunos requisitos generales para la presentación de los proyectos a evaluar. Cabe destacar que al tratarse de una experiencia novedosa en nuestra ciudad sería aconsejable que funcione en principio como prueba piloto y una vez en marcha proceder a evaluar sus resultados y modificar su implementación a efectos de perfeccionar su funcionamiento y hacerla accesible a la mayor parte de la población artística de nuestra comunidad.
Los interesados deberán adjuntar al formulario de solicitud copia del DNI, Libreta Cívica o de Enrolamiento.
Las solicitudes deberán incorporar al proyecto todo material que apoye a su descripción: fotos, imágenes, bocetos, etc.
En el caso que sea para publicar un libro agregar una copia digital del mismo, o un demo (si lo hubiera) para las producciones discográficas. Para aquellos casos que la solicitud sea para la publicación de libros por medio de una editorial, adjuntar una nota de compromiso en donde se indique la cantidad de ejemplares de la edición y los términos del acuerdo con la firma editora, adecuados al monto de la asignación a otorgarse.
El REGIMEN DE PROMOCIÓN DE LAS ARTES podrá realizar propuestas alternativas para ejecutar las contraprestaciones, tal el caso de grupos de teatro, danza y afines.
Se dará prioridad en la selección a aquellos beneficiarios y/o proyectos que no hayan recibido subsidios con anterioridad.

PRENSA:

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